Situación: polígono 1, parcela 73 de Sant Llorenç des Cardassar.
Declaración de interés general de la instalación fotovoltaica para autoconsumo Son Moro, ubicada en el polígono 1, parcela 73 de Sant Llorenç. Superficie ocupada: 8.993 m2, con 2.464 paneles
Tipo: instalación fotovoltaica fija sobre el terreno. Superficie ocupada: 8.993 m2. 2.464 paneles fotovoltaicos de 585 Wp cada uno. Potencia de pico: 1.441,44 kW.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 16/04/2026 - 10:41:21
Resolución. Otorgar la autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica para autoconsumo IF Son Moro, promovida por Sa Coma Resort, SL

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA. Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, por la que se concede la autorización administrativa previa, el reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general y la autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica para autoconsumo Son Moro, ubicada en el polígono 1, parcela 73 de Sant Llorenç des Cardassar (AU-04331/2023).

Resolución. Otorgar la autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica para autoconsumo IF Son Moro, promovida por Sa Coma Resort, SL, con NIF B58252669, con las siguientes características: Expediente: AU-04331/2023. Denominación: IF Son Moro. Situación: polígono 1, parcela 73 de Sant Llorenç des Cardassar.

4 inversores de 277,5 kW cada uno. Potencia instalada: 1.110 kW. Capacidad de acceso generación: 1.100 kW. Tensión de conexión: 15 kV. Línea soterrada MT de 15 kV de 160 m de longitud

Datos técnicos:

Tipo: instalación fotovoltaica fija sobre el terreno.

Superficie ocupada: 8.993 m2.

2.464 paneles fotovoltaicos de 585 Wp cada uno.

Potencia de pico: 1.441,44 kW.

4 inversores de 277,5 kW cada uno.

Potencia instalada: 1.110 kW.

Capacidad de acceso generación: 1.100 kW.

Tensión de conexión: 15 kV.

Línea soterrada MT de 15 kV de 160 m de longitud y sección 3x1x150 mm2 desde el CT2 hasta el CMM (zona abonado).

Modalidad: autoconsumo con excedentes no acogido a compensación. La instalación se clasifica en el grupo b.1.1, «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014. Reconocer la utilidad pública de la instalación fotovoltaica para autoconsumo a los efectos previstos en la disposición adicional décima de la Ley 10/2019.

Aprobar el proyecto de ejecución firmado el 12 de diciembre de 2025 por Josep Quintana Subirats y visado por el Colegio Oficial De Ingenieros Industriales de Baleares, sin entrar a valorar técnicamente el contenido, siempre que se cumplan las condiciones de los informes emitidos por las administraciones consultadas. Disponer que, antes del inicio de las obras, el promotor tiene que presentar a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático la siguiente documentación:

Justificante de haber liquidado ante el ayuntamiento la tributación municipal correspondiente, tal y como prevé el artículo 29 del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears. Nombramiento del técnico director de obras. Declaración responsable del promotor en la que se compromete a la correcta gestión de los residuos una vez finalizada su vida útil, ETC ETC ETC.

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